miércoles, 16 de noviembre de 2011

Consumidores AL-ANDALUS


Conoce tus derechos en estaciones de servicios y gasolineras


El repostar carburante en una gasolinera es una actividad cotidiana para aquellas personas que tienen vehículo, sin embargo, ¿conoces tus derechos como consumidor en las estaciones de servicios o gasolineras?


Existe una normativa específica que regula los derechos de los consumidores en este ámbito, en la cuál se especifica que:
En los accesos o entradas a gasolineras y estaciones de servicios deberán instalarse, pilares informativos que permitan a los consumidores y usuarios, sin necesidad de entrar en el recinto, conocer:


• El horario de apertura y cierre de las instalaciones.
• El precio de venta al público, por litro, de los diferentes tipos de combustible.
• La expresión de “autoservicio” cuando el suministro sea en dicho régimen y, en su caso, horario del mismo si no fuera a tiempo completo.
• Medios y modalidades especiales de pago que se admiten, incluida, en su caso, la indicación de que se exige prepago.
• Nombre y domicilio de la empresa responsable.
Por otro lado, en el interior, tiene que haber un cartel informativo, al menos en castellano, en el que se indique:
• Nombre o razón social del titular de la instalación y el número de inscripción en el Registro Especial de Instalaciones Petrolíferas de Andalucía.
• Medios y modalidades de pago admitidos. Si como medida de seguridad, se estableciera el suministro de combustibles por un importe exacto o exigiesen el pago previo, se advertirá de igual modo al consumidor.
• Horario de apertura y cierre de las instalaciones.
• Modalidad del suministro: Atendido por el personal del establecimiento o autoservicio.
• Precio de los combustibles.


Además, deberá exponerse otro cartel en la zona exterior de la instalación y lo más próxima posible a los surtidores, con los siguientes textos o información:
• -"Prohibido fumar o encender fuego."
• "Prohibido repostar con las luces encendidas o con el motor en marcha."
• Mantener apagado el teléfono móvil.
• -"Existen medidas para la comprobación del suministro."
• "Este establecimiento tiene libro de hojas de quejas/reclamaciones a disposición del consumidor que la solicite”, al menos, en los dos idiomas.
• "Los surtidores en servicio han sido legalmente verificados y disponen de la etiqueta de verificación periódica al corriente”.
Además, en cada surtidor figurarán los identificadores de precio y producto suministrado conforme a la normativa vigente en materia de metrología, sin que puedan quedar total o parcialmente ocultos a la vista del consumidor.


No olvides que…
• Puedes pedir factura: El titular de la instalación está obligado a extender factura o justificante de todos los suministros que efectúe, si el consumidor así lo solicita.
• Medidas de comprobación: Todos los establecimientos estarán dotados, como mínimo, de un recipiente o vasija de 10 litros de capacidad, debidamente calibrado con trazabilidad a patrones nacionales, al menos cada 3 años, por un laboratorio debidamente acreditado, y cuyo manejo se hará exclusivamente por personal de la instalación, con el fin de que los consumidores y usuarios que lo soliciten puedan comprobar la exactitud de la medida del carburante suministrado en el surtidor.
• Por razones de seguridad, no es exigible que el operario abandone las dependencias cerradas con las que cuenten las gasolineras o estaciones de servicios en el horario nocturno.

Si no quedas satisfecho…
Solicita la hoja de quejas y reclamaciones, la gasolinera o estación de servicio tiene la obligación de entregarla a aquel consumidor que la solicite conforme a lo dispuesto en el Decreto andaluz que las regula.
En el caso de que la reclamación se refiera a la cantidad del producto suministrado, el prestador del servicio deberá, en primer lugar, permitir la comprobación conforme a lo señalado anteriormente sobre las medidas de comprobación.


Si el resultado coincidiera con el indicado por el surtidor, o estuviera dentro de la tolerancia permitida, se considerará resuelta la reclamación, salvo que el consumidor manifieste su discrepancia con el proceso o el resultado de la medición efectuada. Si la medición estuviera no fuera correcta, el responsable de la instalación deberá dejar fuera de servicio el surtidor inmediatamente.
Además, ésta y otras noticias sobre consumo pueden consultarse en las redes sociales.