jueves, 17 de febrero de 2011

AL-ANDALUS

Los usuarios del autobús ven reforzados sus derechos
Un nuevo reglamento europeo, fijará los derechos de los pasajeros de autobús y autocar, hasta ahora no regulados a nivel comunitario. Entre las principales novedades destacan que las compañías de transporte tendrán que proporcionar una asistencia mínima a los viajeros en caso de accidente y facilitar un recorrido alternativo o el reembolso del billete en caso de retraso o cancelación. Además, las personas discapacitadas recibirán una atención especial.
La Federación Andaluza de Consumidores y Amas de Casa, AL-ANDALUS, valora positivamente la aprobación de este reglamento que fija los derechos de los usuarios del autobús, más aún, cuando, según datos oficiales, más de setenta millones de ciudadanos se mueven en este tipo transporte cada año en Europa, y hasta ahora, existía un vacío legal a escala comunitaria en materia de protección de sus derechos, a diferencia de lo que ocurre en el sector del transporte aéreo o marítimo.

El objetivo principal que se ha marcado en este reglamento es el consolidar los derechos de asistencia e indemnización de todos los pasajeros que viajen en autobús o autocar en recorridos superiores a 250 kilómetros, especialmente de aquellas personas con discapacidad o movilidad reducida.

Pero además, se han obtenido una serie de derechos básicos que se aplicarán a todos los servicios regulares, independientemente de la distancia, cubriendo, por ejemplo, la información proporcionada antes y durante el viaje y las necesidades de los pasajeros discapacitados. Además, se garantizará el derecho no discriminatorio al transporte y la indemnización integral de las sillas de ruedas u otro equipamiento de asistencia perdido o dañado en el viaje.

Accidentes
En caso de accidentes, la normativa establece el derecho a una atención mínima como primeros auxilios, comida, ropa… Y en el caso de necesitar alojamiento, el pasajero tendrá acceso a un límite de dos pernoctaciones, por un importe de 80 euros por pasajero y noche.

Retrasos, cancelaciones y overbooking
Si se prevé la cancelación del viaje, overbooking o un retraso de más de dos horas el pasajero tendrá derecho a elegir un transporte alternativo sin coste adicional o el reembolso del precio del billete. En caso de que no ofrezcan estados dos alternativas, el pasajero podrá reclamar no sólo por el reembolso íntegro del billete, sino también una indemnización equivalente al 50% del precio del mismo.

Además para los viajes de más de tres horas, con un retraso de más de 90 minutos o que llegara a cancelarse, la compañía tendrá que ofrecer comida, refresco, o incluso alojamiento a sus pasajeros, excepto si se debe por condiciones climatológicas adversas o a una catástrofe natural.

Personas discapacitadas
También se recoge que las empresas de autobús o autocar tendrán la obligación de prestar asistencia a las personas con discapacidad y movilidad reducida. En caso de que no puedan, el pasajero podrá ir acompañado sin coste adicional para quien viaje con él.

Finalmente, según datos oficiales, los estados miembros de la Unión Europea tendrán un plazo de dos años para aplicar este reglamento, por lo que se prevé que definitivamente entre en vigor en primavera de 2013.