miércoles, 23 de marzo de 2011

AL-ANDALUS

Detectamos nuevas irregularidades en las revisiones de gas
La Federación AL-ANDALUS, detecta nuevamente, prácticas comerciales lesivas para los intereses económicos de los consumidores, llevadas a cabo por una empresa instaladora de gas en Andalucía.
En el pasado mes de octubre, la Federación denunciaba ante la Dirección General de Consumo a una empresa instaladora de gas por emplear prácticas comerciales que inducían a confusión entre los usuarios. En la actualidad, tras diversas consultas de usuarios, hemos comprobado que dicha comercializadora continúa manteniendo este tipo de actuaciones, las cuáles consideramos que pueden ser lesivas para los intereses económicos de los consumidores.
En concreto, en este caso tenemos información de que personal acreditado de la instaladora en cuestión, acude a los domicilios de los ciudadanos sin mediar previamente contratación alguna y dando por hecho que la revisión viene amparada legalmente, resultando obligatoria para los usuarios de estas viviendas.
Para evitar posibles engaños en cuanto a las instalaciones y revisiones de gas, la mejor defensa es la información. Por tanto, desde AL-ANDALUS recordamos:
· La revisión debe realizarse de forma periódica cada cinco años y para ello el usuario ha de ponerse en contacto con una empresa instaladora de gas autorizada para que lleve a cabo la inspección, la cual debe ser abonada por el cliente.

· Voluntariedad. De acuerdo con la normativa vigente en el sector son los titulares o, en su defecto, los usuarios actuales de la vivienda los responsables de encargar la revisión periódica de sus instalaciones de gas envasado (en botellas o bombonas). Para ello puedes acudir libremente a cualquier empresa instaladora autorizada. La elección es tuya. Consulta precios, y desconfía de quien llame a tu puerta ofreciéndote estos servicios sin que los hayas solicitado.

· Acreditación. Exige la presentación de documentación acreditativa a aquellas personas que se presentan en calidad de revisores o instaladores.

· Autorización de Industria. Sólo serán válidos a efectos de revisión, los servicios prestados por empresas e instaladores autorizados por la administración competente.



· Certificación. Una vez realizada la revisión, el instalador extenderá un certificado acreditativo por triplicado, cuyo original corresponde al usuario, quien deberá hacer llegar una copia a la empresa suministradora.

· Y por último, solicita siempre factura de las cantidades que abones por este servicio, ya que es fundamental en caso de que haya que interponer una reclamación.

La Federación ha puesto en conocimiento de estos hechos a la administración competente en materia de consumo a fin de que se lleve a cabo el cese de esta práctica o la rectificación por parte de la empresa, en los términos expuestos por AL-ANDALUS.

Gabinete de Comunicación
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