Viajes en Semana Santa
En
primer lugar, por viaje combinado se entiende aquel servicio que como mínimo
está constituido por dos de los siguientes elementos: transporte, alojamiento u
otros servicios no accesorios, y en el que se incluye todo bajo un precio
único.
Lo
primero que hay que exigir al contratar el viaje es un folleto informativo en el que se recoja toda la información,
condiciones y cláusulas relativas al mismo. Conservar este folleto es
fundamental, ya que a la hora de realizar el viaje el consumidor podrá exigir
todo aquello que se reseñe en este documento.
La contratación
Antes
de iniciar el viaje es fundamental contar con una copia del contrato que se
suscribe con la entidad en cuestión; en este sentido, el empresario está
obligado a informar, de forma clara y accesible, de las cláusulas del contrato,
antes de firmarlo.
Modificación del contrato por parte de
la empresa
Si de forma previa al inicio del viaje la empresa modificara
las condiciones del contrato suscrito, el consumidor debe saber que, ésta tiene
la obligación de comunicártelo, y dispones de 3 días para aceptarlo
expresamente, con la posible repercusión en el precio.
Si no dices nada o no aceptas las modificaciones, tienes DERECHO a resolver el contrato sin
penalización alguna, devolviéndote la agencia el importe abonado hasta la
fecha.
En
cuanto a los precios, sólo podrán ser modificados si en el propio contrato se
especifica esta posibilidad y sólo en caso de variación de precios de
transporte (carburantes, tasas, etc.) Además, la revisión al alza que se
realice en los 20 días anteriores a la fecha del viaje se considerará nula.
Suspensión del viaje
Si
la agencia suspende el viaje, el consumidor tendrá derecho a la devolución del
importe pagado o a un viaje equivalente, y a la correspondiente indemnización:
- Un 5 % del
total si los cambios se producen entre 2 meses y 15 días antes de la fecha
del viaje.
- Un 10 % del
total si se producen entre 15 y 3 días antes de la fecha del viaje.
- Un 25 % del
total si se producen en las 48 horas anteriores al comienzo del viaje.
Sin
embargo, hay dos casos en los que este derecho no existe: cuando el número de
viajeros es menor al previsto y se comunica por escrito con antelación, o cuando
la anulación está provocada por causas de fuerza mayor.
En
caso contrario, es decir, si es el consumidor el que decide anular su viaje, la
agencia tendría que devolver los pagos efectuados hasta el momento, quedando el
consumidor, por su parte, obligado a indemnizar a la agencia con los gastos de
gestión y anulación, si hubiera, y además tendría que hacer frente a una
penalización variable según la antelación con la que lo notificara a la
agencia:
- Un 5 % del total si se avisa entre 10 y 15
días antes de la fecha de salida.
- Un 15 % si se produce entre 3 y 10 días.
- Un 25 % si se produce en las 48 horas
anteriores a la salida.
- Si el usuario
no notifica el deseo de anulación, sino que simplemente no se presenta a
la salida del viaje, habrá de pagar el importe total salvo acuerdo con la
agencia.
El seguro mínimo de viaje
Por
último, hay que saber que los viajes combinados incluyen un seguro mínimo, y es
obligación de los agentes el informar de las coberturas de éste. Al margen de
ello, el consumidor siempre podrá optar por contratar un seguro adicional o
extra, siendo los más comunes los de cancelación, robo, o asistencia sanitaria
en la estancia.
Finalmente recuerda…
- Lee
detenidamente el contrato de viajes, y ante cualquier duda solicita
información antes de firmar nada.
- Conserva toda
la documentación relacionada con el viaje: folletos, catálogos, billetes,
facturas… En caso de que presentes una reclamación, son las pruebas
fundamentales para sustentarla.
- Solicita la
hoja de reclamaciones si consideras que han sido lesionados tus derechos
como consumidor.
- En caso de
que no recibas respuesta a tu reclamación o la contestación no te
satisfaga, existe la posibilidad de que recurras a las Juntas Arbitrales
de Consumo, y formules una solicitud de arbitraje.
- Ante
cualquier duda o consulta, Consumidores AL-ANDALUS podemos ayudarte.
Tenemos a tu disposición un servicio de asesoramiento gratuito, donde podrás recibir más
información y asesoramiento sobre la contratación de viajes combinados.
Consejos para evitar
estafas, timos o fraudes en los alojamientos durante las vacaciones
Recomendaciones a tener
en cuenta para evitar las estafas o timos a la hora de contratar un alojamiento
durante
Cuando se acerca un periodo vacacional, nos invaden multitud
de anuncios sobre alquileres de viviendas turísticas, en las cuales nos
ofertan apartamentos con unas características determinadas y en unos entornos
privilegiados. Hay que ser muy cautelosos a la hora de alquilar ya que bajo una
apariencia normal puede esconderse una estafa o un fraude. Siguiendo
una serie de consejos podemos evitar que nos puedan dar gato por liebre.
En el caso de alquileres de viviendas turísticas son
problemas frecuentemente observados, en relación con fraudes o estafas: la
inexistencia de los apartamentos, son de inferior categoría, no hay
correspondencia con lo publicitado, mayor distancia a la playa, etc.
Ejemplo de estafa: tras un suculento anuncio en
determinada página Web, la supuesta parte arrendadora dice que no puede mostrar
la vivienda por residir en el extranjero o en otra provincia; propone, antes de
que la parte arrendataria vea nada de la vivienda, que se le ingrese dinero por
adelantado en concepto de fianza por envío de remesas o por transferencia a una
determinada cuenta de él o de una empresa de mensajería. Una vez hecho esto, la
persona consumidora llega al destino y comprueba que el apartamento no existe.
También puede darse el caso de que el apartamento
efectivamente si exista, la señal es correcta y, en teoría, todo está en orden,
pero cuando la persona consumidora llega al apartamento éste es de menor
categoría al ofertado, o bien está más lejos de la playa, etc.
Por lo tanto, y como recomendaciones para evitar lo anterior:
-
Desconfiar
de los anuncios en los que el precio del alquiler sea desmesuradamente bajo.
-
Consultar
el número de personas que han alquilado anteriormente el inmueble, así como sus
comentarios y opiniones.
-
Si
va a realizar algún alquiler de vivienda para las vacaciones, se
recomienda comprobar si la persona que se dice arrendadora es realmente la
dueña del piso o vivienda (por ejemplo consultando al registro de la
propiedad).
-
No
es aconsejable el pago de la cuantía total por adelantado. En caso de que se
exija el pago de una fianza por adelantado o bien el pago de la cuantía total,
es recomendable asegurarse de que la propiedad es de quien se dice que es.
En su caso, entregue siempre la mínima señal posible.
-
Antes
de pagar nada, y si es posible, comprobar in situ que lo ofertado por la
propiedad del inmueble se corresponde con la realidad (entorno del inmueble,
cercanía a la playa, estado de la vivienda, etc.)
-
Siempre
será mejor pagar el día de entrada a la vivienda, con la parte arrendataria o
representante presentes, a realizar una transferencia bancaria, siendo el
método más inseguro de pago el envío de remesas de dinero a una
determinada dirección. Será también una garantía que el propietario acepte
tarjetas bancarias de crédito (los bancos disponen de mayores medidas de
seguridad y pueden revocar las mismas durante un plazo de tiempo determinado).
-
Si
el modo de contacto con la parte contratante es por teléfono móvil, intente
guardar todos los mensajes hipotéticamente recibidos y enviados, así como el
número de teléfono.
-
Para
evitar la posible inclusión de cláusulas abusivas, si realiza un contrato
por escrito, revise cuidadosamente el mismo, incluso facilitando que un
profesional experto lo visualice.
-
Solicite
a la persona que realiza la oferta del apartamento que, si es posible, le envíe
un compromiso de contratación o cualquier documento que acredite ese compromiso
de alquiler.
-
Si
tramita la gestión del alquiler con una agencia inmobiliaria, si es posible,
escoja siempre la que esté adherida al Sistema Arbitral de Consumo.
-
Siempre
se recomienda no admitir envío de llaves por correo o por mensajería, sino
que alguien se encuentre en el propio apartamento para entregarlas a la
persona usuaria.
-
Una
vez ya en el apartamento o inmueble, es aconsejable hacer un repaso de la
vivienda con la parte arrendadora para comprobar el estado de la vivienda y de
los electrodomésticos, recomendándose la realización de un inventario de
enseres y comprobación de su estado.
-
Si
se encontrara algún desperfecto, comunicarlo inmediatamente al propietario.
-
No
nos podrán cobrar conceptos de suministro de agua, ni de electricidad, ni de
recogida de basuras, ya que estos gastos correrán a cargo de la titularidad de
la vivienda.
Siempre
es conveniente guardar todo tipo de facturas, folletos publicitarios,
contrato y resto de documentos, por si fuera preciso su aportación en una
hipotética reclamación o denuncia.