viernes, 17 de febrero de 2017

AL-ANDALUS, FEDERACIÓN ANDALUZA DE CONSUMIDORES

Consumidores AL-ANDALUS te asesora

Cómo reclamar los gastos e impuestos de formalización del préstamo hipotecario

Ante la incesante demanda de información relacionada con la devolución de los gastos e impuestos cobrados de forma abusiva en la formalización del préstamo hipotecario, Consumidores AL-ANDALUS te da las claves sobre cómo reclamar.


El 23 de diciembre de 2015 se publicaba una sentencia del Tribunal Supremo (Sentencia 705/2015) donde se declaraban abusivas las cláusulas que incluyen algunas entidades bancarias en las que imponen a sus clientes los pagos íntegros de los gastos e impuestos derivados del otorgamiento y concesión del préstamo hipotecario, en lo referente a:

·         La imputación de gastos preparatorios y de tramitación que no sean imputables al prestatario, por vulneración del artículo 89.3 del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (TRLGDCU).

·         La imputación total de aranceles notariales y registrales necesarios para la constitución de la garantía real.

·         La imputación al prestatario del pago de todos los impuestos, sin distinguir siquiera entre directos e indirectos, vulnerando nuevamente el artículo 89.3 del TRLGDCU.

·         La imputación de los gastos de tramitación de la escritura hipotecaria ante el registro de la propiedad y la oficina liquidadora de impuestos, cuyo gestor fue impuesto por la entidad.

De este modo, todos aquellos usuarios con dicha cláusula abusiva, que no ha sido negociada individualmente, sino que ha sido impuesta, creando un perjuicio a los mismos, pueden requerir la restitución de los gastos preparatorios, notariales, registrales, impuestos y gastos de gestoría, abonados al suscribir el contrato, y que debían haber sido pagados por la entidad.

Por estos motivos, desde Consumidores AL-ANDALUS, te damos las claves para reclamar el cobro abusivo de dichos gastos e impuestos derivados del otorgamiento y concesión del préstamo hipotecario, como recomendación previa a la vía judicial.

1.    Presenta reclamación debidamente cumplimentada, con copia de los documentos que disponga de apoyo a la misma (facturas acreditativas de los importes reclamados, liquidación de impuestos...) en la entidad por escrito y debe dirigirla al departamento de defensa o atención al cliente, cuyos datos y dirección deben figurar de forma obligatoria en el tablón de anuncios de la entidad, y tiene derecho además a que le entreguen una copia del reglamento de funcionamiento de este servicio. (Aquí puedes descargarte un modelo de reclamación elaborado por Consumidores AL-ANDALUS).

2.    Al presentar la reclamación,  si optas por llevarla de forma personal a la entidad, no olvides ir con una copia para que te la sellen con el registro de entrada.

3.    Una vez recepcionada la reclamación por la entidad bancaria,  la misma dispone de un plazo máximo de 2 meses para dar respuesta.

4.    Si transcurrido este plazo de tiempo, no recibes respuesta o la misma no te satisface, puedes interponer la oportuna reclamación ante el Servicio de Reclamaciones del Banco de España. En el siguiente enlace encontrarás información más detallada sobre este procedimiento: http://www.bde.es/bde/es/secciones/servicios/Particulares_y_e/Servicio_de_Recl/.

Recuerda…

En la Federación AL-ANDALUS estamos a tu disposición para atender tus consultas y ayudarte con tus reclamaciones a través de nuestro servicio de Asesoramiento. Puedes contactar telefónicamente: 954 56 41 02; por correo electrónico: asesoramiento@fed-alandalus.es;  y en la página web www.fed-alandalus.es