Consumidores AL-ANDALUS te asesora
Cómo reclamar los gastos e impuestos de formalización
del préstamo hipotecario
Ante la incesante demanda de información relacionada
con la devolución de los gastos e impuestos cobrados de forma abusiva en la
formalización del préstamo hipotecario, Consumidores AL-ANDALUS te da las
claves sobre cómo reclamar.
El 23 de diciembre
de 2015 se publicaba una sentencia del Tribunal Supremo (Sentencia 705/2015) donde se declaraban abusivas las cláusulas que incluyen algunas
entidades bancarias en las que imponen a
sus clientes los pagos íntegros de los gastos e impuestos derivados del
otorgamiento y concesión del préstamo hipotecario, en lo referente a:
·
La imputación de
gastos preparatorios y de tramitación que no sean imputables al prestatario,
por vulneración del artículo 89.3
del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y
Usuarios (TRLGDCU).
·
La imputación
total de aranceles notariales y registrales necesarios para la constitución de
la garantía real.
·
La imputación al
prestatario del pago de todos los impuestos, sin distinguir siquiera entre
directos e indirectos, vulnerando nuevamente el artículo 89.3
del TRLGDCU.
·
La imputación de
los gastos de tramitación de la escritura hipotecaria ante el registro de la
propiedad y la oficina liquidadora de impuestos, cuyo gestor fue impuesto por
la entidad.
De este modo, todos
aquellos usuarios con dicha cláusula abusiva, que no ha sido negociada
individualmente, sino que ha sido impuesta, creando un perjuicio a los mismos,
pueden requerir la restitución de los gastos preparatorios, notariales,
registrales, impuestos y gastos de gestoría, abonados al suscribir el contrato,
y que debían haber sido pagados por la entidad.
Por estos motivos,
desde Consumidores AL-ANDALUS, te damos las claves para reclamar el cobro
abusivo de dichos gastos e impuestos derivados del otorgamiento y concesión del
préstamo hipotecario, como recomendación previa a la vía judicial.
1.
Presenta reclamación
debidamente cumplimentada, con copia de los documentos que disponga de apoyo a
la misma (facturas acreditativas de los importes reclamados, liquidación de
impuestos...) en la entidad por escrito y debe dirigirla al departamento de
defensa o atención al cliente, cuyos datos y dirección deben figurar de forma
obligatoria en el tablón de anuncios de la entidad, y tiene derecho además a
que le entreguen una copia del reglamento de funcionamiento de este servicio. (Aquí puedes descargarte un modelo de reclamación
elaborado por Consumidores AL-ANDALUS).
2.
Al presentar la
reclamación, si optas por llevarla de
forma personal a la entidad, no olvides ir con una copia para que te la sellen
con el registro de entrada.
3.
Una vez recepcionada
la reclamación por la entidad bancaria,
la misma dispone de un plazo máximo de 2 meses para dar respuesta.
4.
Si transcurrido
este plazo de tiempo, no recibes respuesta o la misma no te satisface, puedes
interponer la oportuna reclamación ante el Servicio de Reclamaciones del Banco
de España. En el siguiente enlace encontrarás información más detallada sobre
este procedimiento: http://www.bde.es/bde/es/secciones/servicios/Particulares_y_e/Servicio_de_Recl/.
Recuerda…
En la Federación
AL-ANDALUS estamos a tu disposición para atender tus consultas y ayudarte con tus
reclamaciones a través de nuestro servicio de Asesoramiento. Puedes contactar
telefónicamente: 954 56 41 02; por correo electrónico: asesoramiento@fed-alandalus.es; y en la
página web www.fed-alandalus.es