LAS REBAJAS EN 5 CLAVES
AL-ANDALUS advierte que en rebajas sólo pueden
ofertarse artículos de temporada
1. Calendario de rebajas. Según la ley que las regula (la ley del comercio minorista), las ventas en rebajas podrán tener lugar en los
periodos estacionales de mayor interés comercial según el criterio de cada
comerciante. La duración de cada periodo de rebajas será decidida libremente
por cada comerciante. (Esto es así desde 2012 cuando un Real Decreto
terminó con las rebajas reguladas)
2. Hábitos del consumidor. En lo que respecta a las compras, se esperan pocos
cambios: una vez más, el consumidor optará, en el 69% de sus compras en rebajas
por los artículos de ropa y calzado. Complementos (12%) y mobiliario y
electrónica (9%) son los otros sectores protagonistas de este periodo. Unas
compras en la que prima el pago en efectivo (a pesar de que deben aceptarse las
tarjetas) frente al “dinero de plástico”, si la compra se realiza en pequeño
comercio. Además, continuará la tendencia al alza de las compras por Internet.
3. Sobre las reclamaciones, la venta de artículos de inferior calidad a los de
temporada (fabricados exclusivamente para la venta en rebajas), la no admisión
de tarjetas de crédito, cuando se admiten como pago el resto del año, la
presentación conjunta de productos no rebajados de los que sí lo están y la
omisión del precio anterior en las etiquetas, son las principales quejas de los
consumidores durante los periodos de rebajas, según las reclamaciones que
recibe AL-ANDALUS.
4. Distintos tipos de ventas con descuento y distintos
derechos:
A pesar de estas
confusiones, la normativa regula claramente este tipo de ventas y distingue
entre promociones, liquidaciones y saldos.
Promoción:
Son ventas en promoción u ofertas, aquellas que se realicen por precio inferior
o en condiciones más favorables que las habituales con el fin de potenciar la
venta de ciertos productos. Los productos no podrán estar deteriorados o ser de
peor calidad que los mismos productos a precio normal.
Saldos: Es
la venta de productos cuyo valor de mercado aparezca manifiestamente disminuido
a causa del desperfecto, deterioro, desuso u obsolescencia de los mismos.
Existe el “Deber de información”: deberán anunciarse como tal estas ventas y
explicar en qué consiste el deterioro.
Liquidación: Es la venta con carácter excepcional cuya finalidad
es extinguir determinadas existencias de productos, por alguno de los
siguientes motivos: cese total o parcial de la actividad, cambio en el ramo de
comercio, obras o traslados o cualquier otro motivo de fuerza mayor. La
duración máxima será de tres meses (puede ser de un año, sólo en el caso de
cese de negocio)
Rebajas:
Ventas efectuadas por los comerciantes en determinadas épocas del año,
generalmente los cambios de estación y de fin de temporada, con reducción de
sus márgenes comerciales. Las reducciones de precio deben consignarse,
exhibiendo, junto al precio habitual, el precio rebajado.
La ley permite que
estos tipos de venta coexistan en el mismo establecimiento, siempre que se
presenten de forma separada y convenientemente identificadas.
5. Y los consejos:
En la compra en
Rebajas, el consumidor, si tiene en cuenta unas pautas elementales, puede
beneficiarse al adquirir productos de plena temporada a precios interesantes.
Para contribuir a ello esta organización ha puesto en marcha un año más, su
campaña divulgativa para informar sobre los derechos del consumidor en este
tipo de ventas:
·
Comprueba que los
productos ofrecidos están efectivamente rebajados y tienen la misma calidad que
los ofertados antes de las rebajas. Por supuesto, nunca podrán ser productos
defectuosos (Las rebajas no son saldos), ni fabricados expresamente para estas
ventas. Por tanto, recomendamos que busques artículos que hayas visto con
anterioridad.
·
La ley obliga a
mantener el precio anterior junto al rebajado. Y los productos en rebajas deben
estar correctamente etiquetados. Como siempre, tienes derecho a una información
completa y clara en precios y en etiquetas.
·
El comercio está
obligado a admitir tarjetas de crédito si así ocurre en temporada normal, y los
mismos medios de pago que el resto del año.
·
Además, el
vendedor no podrá cobrar al cliente el porcentaje de cargo de las tarjetas de
crédito.
·
Ten en cuenta que
en el comercio deben presentarse diferenciados los artículos rebajados de los
que presentan un precio normal.
·
Compra
conscientemente y no te dejes llevar por reclamos: Puede ser útil preparar una
lista con lo que necesitas, asegurarte que lo que compras es útil, y no comprar
más cantidad (los 3-por-2) si no te va a ser rentable.
·
En cuanto a las
devoluciones, se tiene derecho a la devolución de artículos en las mismas
condiciones que en otras fechas. Sin embargo, si el artículo no presenta ningún
defecto, la ley no obliga a los comercios a aceptar devoluciones. Los
electrodomésticos tendrán que mantener las mismas condiciones de garantía y
servicio postventa que en periodos normales.
·
Recuerda que
tiene derecho a exigir un ticket de compra igual que en cualquier otra época de
ventas, en el que figuren los datos del vendedor, el precio y el IVA.
Solicítalo siempre. Es un documento imprescindible para poder realizar el
cambio de la compra; y, sobre todo, para poder tramitar cualquier posible
reclamación.
AL-ANDALUS recuerda que, en definitiva, tus derechos,
en ningún caso, pueden ser "rebajados"
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